Tablas salariales empleadas de hogar 2024

Si precisa cuidador/a o ya tiene contratada una persona pero desea asesoramiento especializado, regularizar su situación, actualización de salario o cualquier otra circunstancia, ponemos a su servicio los mejores especialistas.

Gestoría laboralBusco cuidador

Regulación empleadas de hogar

En sí se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado que, por cuenta de aquél, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar.

Actividades incluidas
  • Tareas domésticas.
  • Cuidado o atención de los miembros de la familia.
  • Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.

En las retribuciones Se garantiza, como mínimo, el pago en metálico del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie por manutención o alojamiento. Cuando exista salario en especie éste no podrá superar el 30 por ciento de las percepciones salariales.

Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a prorrata si se realiza una jornada inferior.

La trabajadora o trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

Los trabajadores que trabajan por horas, en régimen externo, perciben una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la totalidad de los conceptos retributivos (salario por el tiempo trabajado, más las partes proporcionales del descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias).

La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo nómina de salarios.

Jornada Laboral

  • La jornada máxima semanal será de cuarenta horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudieran acordarse entre las partes.
  • Los tiempos de presencia tendrán la duración y serán objeto de retribución o compensación en los términos que las partes acuerden, no pudiendo exceder de 20 horas semanales de promedio en un periodo de un mes, salvo que las partes convengan en su compensación por periodos equivalentes de descanso. Su retribución no será de cuantía inferior a la correspondiente a las horas ordinarias.
  • Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deberá mediar un descanso mínimo de doce horas, pudiendo reducirse a diez en el caso del empleado de hogar interno compensándose el resto hasta doce horas en períodos de hasta cuatro semanas.
  • El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso.
  • El descanso semanal será de treinta y seis horas consecutivas que comprenderán, como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo.
  • El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se elegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute.
  • Durante el periodo o periodos de vacaciones, el empleado de hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en lugar a donde se desplace la familia o alguno de sus miembros.
  • El trabajador tendrá derecho al disfrute de las fiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores.

Salario neto establecido para la actual tabla de cotización

*(Pendiente actualizar tablas cotización a nuevo SMI Cálculo neto sobre tablas del 2023)

Horas% JORNADASALARIO BRUTO* SALARIO NETO 12 PAGAS
40100 %1.323,00 €1.238,72 €
3998 %1.289,93 €1.289,93 €
3895%1.256,85 €1.172,57 €
3793 %1.223,78 €1.139,50 €
3690 %1.190,70 €1.110,44 €
3588 %1.157,63 €1.077,36 €
3485 %1.124,55 €1.044,29 €
3383 %1.091,48 €1.011,21 €
3280 %1.058,40 €990,31 €
3178 %1.025,33 €957,24 €
3075 %992,25 €924,16 €
2973 %959,18 €891,09 €
2870 %926,10 €868,71 €
2768 %893,03 €824,94 €
2665 %859,95 €779,69 €
2563 %826,88 €826,88 €
2460 %793,80 €749,59 €
2358 %760,73 €716,52 €
2255 %727,65 €683,44 €
2153 %694,58 €650,37 €
2050 %661,50 €617,29 €
1948 %628,43 €594,54 €
1845 %595,35 €561,46 €
1743 %562,28 €528,39 €
1640 %529,20 €495,31 €
1538 %496,13 €462,24 €
1435 %463,05 €429,16 €
1333 %429,98 €405,39 €
1230 %396,90 €372,31 €
1128 %363,83 €339,24 €
1025 %330,75 €306,16 €
923 %297,68 €273,09 €
820 %264,60 €247,33 €
718 %231,53 €214,26 €
615 %198,45 €181,18 €
513 %165,38 €148,11 €
410 %132,30 €115,03 €
38 %99,23 €81,96 €
25 %66,15 €48,88 €
13 %33,08 €15,81 €

Salarios

  • Para un trabajador remunerado por horas: El coste mínimo hora será de 8,87 €/h en el cual se remunera por todos los conceptos.
  • Para el resto: El sueldo bruto se reparte normalmente en 12 pagas prorrateando las pagas extras o en 14 pagas. El mínimo a pagar siempre es lo establecido conforme al SMI.

Derecho al paro de las personas trabajadoras del hogar

Se considera situación legal de desempleo la extinción por causa justificada contemplada en el nuevo art. 11.2 del 1620/2011, de 14 de noviembre.

Para que el empleado de hogar acceda al paro, deberá cumplir los requisitos generales para el acceso a la prestación [nuevo apartado 8.º al artículo 267.1.a) de la LGSS]. Es decir, será necesario:

  • Estar dadas de alta en la seguridad social.
  • Cotizar por desempleo un año completo (360 días) antes de poder lucrar la prestación contributiva.
  • Encontrarse en una situación legal de desempleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • No haber llegado a la edad ordinaria de jubilación, es decir, los 65 años.
  • No cobrar otra pensión incompatible.
Lo que le corresponde cobrar será

La BASE REGULADORA será el: Promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados precedentes a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. No se computarán las retribuciones percibidas en concepto de horas extraordinarias.

Cuantía:
180 primeros días 70 % BR
Resto de la prestación 50 % BR.

¿Cuánto cobra un cuidador de personas mayores o dependientes en domicilio en 2024?

Debemos tener presente que para saber cuanto cobra un cuidador de personas mayores o dependientes en domicilio en 2024 se establecen los mismos parámetros que rigen para las empleadas del hogar, ya que es el mismo contrato y régimen y categoría profesional. Como siempre hemos de tener en cuenta la capacitación y formación que precisan para realizar correctamente su trabajo y por tanto si esta debe valorarse en el mercado con un salario mayor.

¿Cuál es el sueldo de una cuidadora de ancianos en turno de noche?

El salario de una cuidadora de personas mayores por la noche en vela se calcula según las horas trabajadas. Legalmente no existe un plus por el hecho de trabajar de noche en este sector, por lo que subir el precio por hora en este caso está en manos de la familia empleadora. Por tanto, para saber cuál es el sueldo de una cuidadora de ancianos en turno de noche se debe calcular siguiendo la misma tabla salarial anterior. Sí que se tiene que tener en cuenta legalmente los horarios de entrada y salida que marca la normativa.

Precio por hora empleada de hogar

¿Cuánto cobra una empleada de hogar por horas? En ocasiones, las familias contratan cuidados a domicilio para un corto plazo de tiempo, como durante las vacaciones de verano que realizan menos de 120 horas mensuales. Para casos de pocas horas resulta más práctico cerrar un sueldo por hora. Con la actual subida, el precio hora de empleados del hogar este 2024 es de 8,87 € con vacaciones y pagas extras incluidas.

Fecha de publicación 12/10/2022
ir al principio de la página